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El marco institucional del BCV (página 2)



Partes: 1, 2, 3

Diseño
institucional de los
bancos centrales desde una perspectiva desde
la economía neo institucional (ENI)

A pesar de la disponibilidad de los instrumentos
teóricos, la teoría convencional y la
tradición investigadora acumulada durante años se
preocuparon poco en analizar los problemas económicos y
buscar soluciones en contextos en los cuales las instituciones,
los conflictos sociales y las negociaciones políticas son
importantes; sino que su piedra angular fue el análisis
del intercambio, en donde las elecciones racionales
conducían a soluciones óptimas en la
asignación de recursos escasos sin necesidad de
intervención de las instituciones, la distribución
del ingreso y que los problemas debían resolverse en la
esfera económica sin necesidad de incorporar elementos
extraeconómicos porque el mercado conduciría a
asignaciones eficientes.

Al respecto, North (1.993) reconoce que esta
teoría provee herramientas analíticas poderosas,
pero también deja a un lado el papel importante que
desempeñan las instituciones. Se requiere instituciones
eficientes para ajustar la realidad con las fricciones y los
costes de transacción; a fin de disminuir las limitaciones
que el modelo neoclásico impide observar.

El estudio de Douglass North (1.993) sobre la ENI,
permite articular un cuerpo coherente de distintas teorías
con la intención de abordar fenómenos
económicos que no se consideraban importantes; tales como
los referentes al diseño institucional, el papel que juega
los procesos políticos y los mecanismos de
decisión, la formación de los sistemas del mercado
y de las instituciones que forman dicho sistemas; incluyen los
costes de transacción, derechos de propiedad, contratos y
costos de información como aspectos importantes en el
proceso de intercambio. De ésta manera, la ENI se acerca
más a la realidad, con respecto a la teoría
neoclásica, porque considera la relación social,
política y económica de los seres humanos; mediante
instituciones establecidas que se mantienen o cambian por medio
de acuerdos colectivos, con ciertas reglas y
procedimientos.

2. INSTITUCIONES.

A pesar de su importancia, en la ENI no existe consenso
acerca de la naturaleza de las instituciones. Según Raymon
Boudon (1999), Las restricciones que ayudan a evitar el lado
negativo de las acciones económicas y políticas
inevitablemente presentes en cualquier acción
colectiva.

A. Schotter (1999), Pone énfasis en las
instituciones para resolver problemas de orden social.

North (1993), Las reglas del juego en una sociedad
más formalmente son limitaciones ideadas por el hombre que
dan forma a la interacción humana. Por consiguiente,
estructuran incentivos en el intercambio humano sea
político, social o económico". Las reglas del juego
en una sociedad más formalmente son limitaciones ideadas
por el hombre que dan forma a la interacción humana. Por
consiguiente, estructuran incentivos en el intercambio humano sea
político, social o económico.

En este sentido, el banco central es una
organización que gerencia decisiones dentro del
ámbito monetario. A lo largo de su historia ha
desarrollado una estructura institucional formal, en donde se
definen, entre otras cosas, las funciones, objetivos, derechos,
prohibiciones, mecanismos de acción e
incentivos

2.1 COSTOS DE TRANSACCIÓN

Según R. Matthews (citado en Ayala Espino;
1.999), "La idea fundamental de los costes de transacción
es que son los derivados de la suscripción ex ante de un
contrato, de su control y cumplimiento ex-post, al contrario de
los costes de producción, que son los costes de
ejecución de un contrato".

Siguiendo las ideas de North, los costos de
transacción son los costes de organización e
integración humana, se puede decir, que son los costes de
establecer y medir los atributos de la producción, de
políticas o de los bienes y servicios en el mercado y los
costes de la obligación al cumplimiento de acuerdos entre
los participantes de una sociedad. A su vez, permiten explicar
mejor la estructura institucional de los BC, sobre todo en lo que
respecta a la coordinación macroeconómica,
situación en la cual se produce un acuerdo entre el
BC-Estado para el suministro de una política
económica

eficiente que beneficie a la sociedad y evitar
así el mal desempeño del sistema de decisiones
asociados a la centralización y concentración de
las autoridades, proclives a desarrollar actividades que aumentan
los costos de transacción que en muchas ocasiones asignan
ineficientemente los recursos escasos.

2.1.1 ¿CÓMO SURGEN LOS COSTOS DE
TRANSACCIÓN?

En un sentido amplio, surgen de la transferencia de los
derechos de propiedad, los mismos incluyen costos
institucionales, tales como, costes de negociación,
diseño, información, vigilancia, y cumplimiento de
contratos y protección de los derechos de
propiedad. Esquemáticamente se presentan de la
siguiente manera:

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Como se puede observar, los costes de transacción
están presentes en:

  • Búsqueda de información sobre precios,
    calidad, disponibilidad de insumos, como también de
    las condiciones del mercado.

  • Regateo entre compradores y vendedores para fijar
    precios y cantidades, todo lo necesario para llegar a un
    acuerdo.

  • Protección de los derechos de
    propiedad.

  • Inicio de un nuevo negocio: permisos y
    licencias.

  • Regulación de las empresas: marco legal,
    etc.

IMPORTANCIA DE LAS INSTITUCIONES EN LA
ESTRUCTURA DE INCENTIVOS PARA INCIDIR EN LOS VALORES DE LOS
COSTOS DE TRANSACCIÓN

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Aquí se aprecia que el marco institucional es la
base fundamental en la formación de costos de
transacción y resultados económicos a los cuales
los agentes llegan luego de haber realizado sus intercambios
mediados, por las políticas públicas. En fin, los
costes de transacción influyen en los mercados
políticos y en el grado de eficiencia de las transacciones
que en éstos se efectúan a la hora de
diseñar una política de fiscal y monetaria.
Dándole así importancia a la estructura
institucional que actúa como un conjunto de reglas que
incentivan a la elección de los sujetos políticos,
determinando así un output político. De ésta
manera las normas surgen para disminuir los costos de
transacción en los mercados, punto en el cual el apropiado
diseño institucional de los BC y demás
instituciones públicas, pueden operar como moderadores de
los mismos, ya que éstas las leyes y su cumplimento tienen
como función principal promover la estabilidad y la
certidumbre del entorno económico.

2.2 DERECHOS DE PROPIEDAD

Surge la necesidad de ampliar el alcance de la
economía a fin de solventar problemas que van más
allá de los temas de producción y el
intercambio.

La ENI (Economía Neo institucional) constituyen
las instituciones que influyen en las decisiones y
formación de incentivos de ahorrar, consumir, producir,
invertir, innovar, entre otros. Según Almen Alchian,
vienen a ser una especie de protección al derecho de usar
los recursos. Los agentes que incumplan los derechos de propiedad
serán sancionados represivamente por el Estado.

La manera como el Estado defina y proteja los derechos
de propiedad a través del tiempo puede crear instituciones
formales que perduren y fortalezcan las organizaciones y
así asegurar el uso eficiente de las metas que se
establezcan las mismas.

Sin ellos, existirían pocos incentivos para
invertir y mejorar la propiedad, más allá de hacer
referencia a la sobrevivencia. Esto indica la necesidad de
establecerlos para que fomenten la estructura de incentivos que
se requiere para realizar el proceso de intercambio.

Los derechos de propiedad tienen ciertas propiedades que
los convierten en instituciones estratégicas
porque:

  • Concentran ciertas características que
    ninguna institución, restricción, derecho u
    obligación posee.

  • Bloquean la formación de estructuras de
    incentivos para transar, invertir, ahorrar, innovar, entre
    otros.

Un BC tiene como principal activo el control de la
oferta monetaria y la supervisión del sistema bancario, es
decir se le otorga el uso exclusivo de algunas herramientas de
política monetaria para que dispongan de ellas, y entre
otras cosas limiten el financiamiento del déficit fiscal
del gobierno.

El cumplimiento de los derechos de propiedad en una
economía pueden facilitar la comprensión sobre
cómo se desenvuelven las decisiones de los agentes
económicos en cuanto al desarrollo de actividades legales
productivas. Para esto se necesita que exista un estatuto legal
bien definido que exprese con mucha claridad los mecanismos de
acción que son permitidos dentro del área en que se
desenvuelven.

Como ejemplo tenemos al Banco Central de Venezuela
(BCV), que dentro de su estatuto legal, específicamente en
su artículo 90, expresa la importancia que tiene "la
autonomía para la definición y aplicación
del conjunto de instrumentos y variables de políticas las
cuales deberán asegurar la más estrecha
relación entre las gestiones fiscales, monetarias y
cambiarias".

2.3 CONTRATOS

Es una institución clave porque permiten realizar
los intercambios de una forma más eficiente.

Sus principales objetivo es promover, a través de
estructuras de incentivos las transacciones entre las personas.
También Permiten transferir los derechos de propiedad,
particularmente, aquellos referentes al reparto de los ingresos
derivados de la propiedad de los activos.

Como propósito principal es establecer reglas que
garanticen que las partes firmantes en el contrato salgan
beneficiadas, con mínimos costos de transacción en
el intercambio. Pretende solucionar problemas de incentivos; sin
embargo; dada la racionalidad limitada de los agentes no permite
prever todas las circunstancias que se puedan presentar
impidiendo su cumplimiento a cabalidad.

Un contrato permite o ayuda a disminuir la
incertidumbre, el riesgo y la conducta oportunista que rodean las
transacciones. Deben cumplir con ciertas características
como lo son, confianza, autocumplimiento, y adaptación a
los cambios generados por el mercado.

2.3.1 ¿QUÉ FUNCIONA, QUÉ NO
FUNCIONA Y EL POR QUÉ DE LOS CONTRATOS?

Es muy poco lo que se conoce sobre el funcionamiento de
los contratos, de cuáles son las características
que lo distinguen de los contratos exitosos y cual tipo de
contratos funciona mejor para una determinada
circunstancia.

Para esto se presentan diferentes tipos de
contratos:

  • Contratos por desempeño: se definen como la
    forma de regular el comportamiento de los hacedores de
    política que pertenecen al BC y otras
    organizaciones.

. En la literatura económica, se pueden
distinguir dos tipos de contratos, formales e
informales:

  • Los formales están regidos por estructuras
    legales.

  • los informales se basan en los usos y costumbres que
    rigen a la sociedad.

Ambos serán eficientes en la medida en que haya
certidumbre y disminuyan los problemas de
información.

  • Contratos de Administración: este
    define la relación entre el gobierno y las empresas
    privadas contratadas para manejar empresas propiedad del
    Estado.

  • Contratos regulatorios: Son las regulaciones y
    legislaciones, que van a definir la relación entre el
    gobierno y los propietarios de los monopolios privados
    regulados.

Sin embargo, es importante destacar que los mecanismos
legales no pueden resolver en su totalidad los problemas que se
presenten en el diseño y elaboración de los
contratos.

Lo que es verdaderamente importante es la eficiencia de
estos mecanismos y la calidad de las instituciones a fin de
mejorar las relaciones contractuales.

2.4 CAMBIO INSTITUCIONAL

El cambio institucional conforma el modo en que las
sociedades evolucionan a lo largo del tiempo, por lo cual es la
clave para entender el cambio histórico. La sociedad como
una agrupación de individuos representan a los agentes del
cambio, que generan o crean instituciones que evolucionan y que
alteran su conjunto de elecciones, esto Según
North.

El proceso de cambio en la estructura institucional
determina un conjunto de oportunidades que afecta la
situación futura de la institución. Si el cambio es
deseable, existen costes que se tienen que asumir
(recopilación de nueva información, mecanismos de
observancia, evaluación de políticas al cambiar la
norma, etc.) para evaluar los beneficios percibidos de forma
preliminar (efectividad en las políticas tomadas traducido
en control inflacionario) que de ser mayores darán paso a
la promoción del cambio.

para la creación de un BC, existen muchos
aspectos superiores, uno de ellos que podemos mencionar el de
darle respuesta a una necesidad, por parte de las autoridades, de
controlar las decisiones de política monetaria ya que,
esta a su vez condiciona un contexto en el que se desenvuelven
éstas decisiones, mejor dicho estará en
función de las características de la
economía, su herencia cultural, formación
intelectual de la sociedad, su grado de aceptación,
aspectos políticos e intereses sociales, entre
otros.

2.4.1 TIPOS DE INSTITUCIONES

Existen distintos tipos de instituciones de acuerdo a la
ley, las formales e informales.

  • Instituciones formales: son las reglas escritas en
    las leyes y reglamentos, diseñadas para solucionar
    problemas específicos de coordinación
    económica, social y política, se refieren al
    ámbito del dominio público.

  • Instituciones informales: son las reglas que no
    están escrita y se van acumulando en el tiempo,
    quedando registradas en los usos y costumbres, no requieren
    de fuerzas exógenos para que se cumplan y las
    sanciones aplicadas son morales y privadas.

Las instituciones realiza una combinación
implícita y explicita de las diferentes teorías que
estudian las instituciones, abarcando aspectos importantes que se
destacan en todas ellas: participación colectiva en el
mercado político, bien sea el Congreso, la Asamblea, BC u
otra organización.

Es importante mencionar que las instituciones enlazan el
comportamiento de los directores del BC, grupos de presión
y demás agentes que interactúen en dicho mercado.
Son construcciones que van evolucionando de acuerdo a las
necesidades de los individuos.

Los elementos fundamentales sobre los cuales descansan
son:

  • Moldear las interacciones humanas, en el sentido
    más amplio. Interrelacionando a los individuos
    mediante el intercambio abierto de información y el
    libre mercado.

  • Estructurar los incentivos en el intercambio humano,
    político, social y económico.

  • Disminuir la incertidumbre.

  • Diseñarlas de tal forma que sirvan de
    complemento a otras instituciones, capacidades humanas y
    tecnologías disponibles.

  • Innovar, así se distingue las instituciones
    que funcionen de las que no sirven.

Las restricciones, fijan los derechos, retribuciones,
prohibiciones y sanciones prescritas en la ley y en las
convenciones.

Cabe destacar que la ENI atribuye a las instituciones un
papel estratégico en el intercambio, porque tienen la
capacidad de moldear la conducta o comportamiento de los agentes
económicos.

También existen instituciones de acuerdo a su
origen, estas pueden ser: sociales o estadales.

Las sociales, son acuerdos establecidos en una sociedad,
creadas espontáneamente y vigiladas por los miembros de
dicha sociedad, su cumplimento, al igual que las instituciones
informales, es moral y privada.

Las estadales son creadas por el Estado siendo su
cumplimento obligatorio, ya que es forzado de forma coercitiva
por el mismo.

En conclusión, las instituciones reflejan una
combinación de ambos tipos y a pesar decisivas porque son
obligatorias y sancionadas por el Estado.

No obstante, de que son importantes, las instituciones
estatales son las instituciones sociales no dejan de ser menos
importantes, quizás en ciertas circunstancias son
más relevantes que las estatales.

2.4.2 ¿POR QUÉ SE DEMANDAN
INSTITUCIONES?

Si partimos de la base de que los individuos se
comportan de forma egoísta y maximizadora, éstos
pueden generar conflictos en las necesidades colectivas porque
pueden impedir la cooperación y coordinación en las
transacciones ya que no es fácil conciliar los costes y
beneficios individuales con los sociales en el intercambio. Para
esto es necesario e importante un orden institucional que aporten
reglas que ayuden a enfrentar los conflictos antes mencionados
desviándolos hacia una conducta más
participativa.

Las instituciones son muy importantes ya que reducen la
incertidumbre y los riesgos sociales, favoreciendo la
difusión y abaratamiento de la información,
promueven la vigilancia y cumplimiento de los contratos como los
derechos de propiedad. En resumen permiten aumentar la seguridad
del intercambio para emprender procesos económicos
complejos y largos.

2.5 IMPORTANCIA DE LA POLÍTICA MONETARIA Y
FISCAL: NECESIDAD DE UNA EFECTIVA COORDINACIÓN
MACROECONÓMICA

Las instituciones son importantes porque permiten
ajustar mediante políticas: habilidades, estrategias y
esfuerzos de coordinación para favorecer a la sociedad. Un
ambiente económico sano se apoya en la estabilidad de
precios, sostenibilidad en las cuentas externas, prudencia en la
flexibilización cambiaria, entre otros no menos
importantes.

Una baja tasa de inflación emite las
señales necesarias para generar crecimiento en la
economía. Esto requiere tener prudencia en el
diseño de la política fiscal para evitar
déficit en la cuenta corriente que redundaría en
fluctuaciones repentinas. Lo ideal es mantener ó lograr
disciplina fiscal, equilibrio externo e inflación
decreciente.

Para fortalecer al sistema financiero y demás
empresas es necesario contar estrictamente con estabilidad
macroeconómica sostenida.

Este es el principal aporte del BC a la eficiencia y a
una menor fragilidad del sistema económico.

También el Estado puede imponer restricciones
institucionales inconsistentes con las elecciones maximizadoras y
egoístas de los grupos de interés, a través
de esto el Estado se convierte en un arquitecto de arreglos
institucionales y se encarga de hacer cumplir sus disposiciones,
reduciendo la incertidumbre en el entorno
económico.

La estabilidad de la economía va a depender de
las relaciones de poder y las capacidades del gobierno por
mantener el orden social y económico.

En fin, los objetivos del Estado son más
normativos que reales puesto que están sujeto a la menor
ó mayor inestabilidad macroeconómica a la conducta
maximizadora y discrecional de políticos y
burócratas y a elementos estructurales que son
difíciles de subsanar en el corto plazo. Por ello es
primordial la necesidad de un marco institucional que permita
encontrar mecanismos de coordinación y negociación
entre el BC y Gobierno.

2.6 TEORÍA DEL ESTADO: UN ENFOQUE DE LA
ECONOMÍA NEOINSTITUCIONAL

Es importante desarrollar un estudio sobre la
teoría del Estado a fin de comprender su
intervención cuando se presentan fallas de mercado y las
implicaciones que tiene en los cambios
económicos.

Un Estado viene a ser una organización con
ventajas comparativas sobre las demás organizaciones
porque sus límites están establecidos por las
economías de escala (poder de coaccionar a otros
individuos, vigilancia en el cumplimiento de las leyes,
provisión de bienes públicos, entre otros) y por el
poder de recaudar impuestos de sus habitantes. La clave para
comprender al Estado se encuentra en el uso potencial de la
violencia para obtener control sobre los recursos.

Se considera que para desarrollar un análisis
útil sobre el Estado no puede separarse de los derechos de
propiedad porque asume su aplicación y cumplimiento a un
menor costo que los grupos privados.

Dos de las principales Teoría de Estado son: Una
teoría del contrato y la otra es una teoría que
explica a un Estado depredador.

La teoría del contrato, hace referencia, de
acuerdo al pensamiento neoclásico, al papel maximizador de
riqueza para la sociedad, en donde es imprescindible que haya un
contrato que limite las acciones de cada individuo respecto a los
demás.

La teoría depredadora considera al Estado como un
agente que extrae los ingresos de los ciudadanos para beneficio
de un grupo social, es decir, solo sirve a un grupo ó
clase.

Ambas teorías resultan ser semejantes debido a la
distribución potencial de violencia.

Cuando el Estado produce derechos de propiedad
ineficientes, falla en conseguir crecimiento sostenido, llevando
a la economía a la inestabilidad y finalmente al
ocaso.

Considera que el gobernante maximizador tiene tres
características fundamentales. Una trata de explicar el
proceso de intercambio que puede darse entre el gobernante y sus
gobernados y las demás especifican las condiciones que
determinan los términos del intercambio:

  • El Estado intercambia un grupo de servicios: Dado
    que existe economías de escala en el ofrecimiento de
    estos servicios, el ingreso de los individuos será
    mayor debido a que hay una organización encargada de
    proteger los derechos de propiedad y hace respetar los
    contratos que se originan en el intercambio. Tienen como
    objetivo principal las reglas de competencia y
    cooperación.

  • El Estado intenta actuar como monopolista
    discriminador con el fin de maximizar sus ingresos, separando
    a cada grupo y creando derechos de propiedad para cada uno de
    ellos por medio del control y medición de inputs y
    outputs de cada grupo.

  • Por último, el Estado tiene potenciales
    rivales como Estados competidores o gobernantes dentro de su
    propio Estado

El Estado a través del manejo de las finanzas
públicas y de la política monetaria,
específicamente, puede afectar los derechos de propiedad
de los hacedores de política, generando inestabilidad e
interviniendo en las decisiones del manejo y aplicación de
instrumentos.

La inexistencia de un marco institucional que sea
aceptado, sólido y que las partes interesadas lo cumplan,
se debe a la precariedad ancestral del Estado de derecho. Es
decir, se debe a los elevados niveles de discrecionalidad que
tiene el Gobierno y la burocracia, así como los cambios
radicales e impuestos por dicho Gobierno afectan las reglas del
juego del intercambio entre los actores.

En consecuencia, lo que se persigue es crear un marco
institucional adecuado para atenuar el oportunismo de los agentes
económicos, sin ellas se originaría un ambiente
poco cooperativo y políticamente inestable, generando
crisis recurrentes que desembocarían en crisis de
gobernabilidad aunados a la incapacidad de emprender acciones
colectivas concertadas.

Además, se requiere de instituciones
democráticas que permitan un diseño interno del
gobierno, a fin de disminuir las brechas entre políticos y
burócratas, y entre Gobierno y ciudadanos.

2.6.1 LA CRÍTICA OLSONIANA:
GRUPOS DE INTERÉS
Según estudiosos de las
ciencias políticas de Estados Unidos suponen que existen
ciudadanos con interés público común y por
ende se organizan y luchan a favor de tal
interés.

Mancur Olson, sostiene que esto proviene de la
racionalidad del individuo: "no participará en grupos que
persigan bienes colectivos al menos que los grupos desarrollen
beneficios selectivos".

La razón de los individuos de pertenecer a los
grupos se debe a lo que se denominó incentivos selectivos
(es una característica de aquellos que participan en la
acción colectiva), básicamente se basa en grupos
que obtienen beneficios selectivos actuarán de manera
colectiva que aquellos que no se beneficiarán.

En fin, buscan influir de manera directa e indirecta
sobre las políticas públicas, independientemente de
los medios utilizados.

2.6.2 EL PAPEL DEL BANCO CENTRAL EN LA TEORIA DEL
ESTADO.

Existen dos vertientes del BC: Normativo y
Positivo

La teoría de la Normativo se basa en el estudio
de North acerca del estado y como se debe especificar los
derechos de propiedad adecuadamente para que el cambio permita a
los agentes acordar y distribuir los gatos sociales, por
consiguiente el BC tenga la potestad de usar los instrumentos de
política monetaria (influyen sobre la tasa de
interés, oferta de crédito, masa monetarias, entre
otros.)para alcanzar la estabilidad de precios, ayudando a crear
un medio regulatorio en el cual operen los bancos privados
mediante un entorno financiero estable que propicie coste de
especificación y negociación bajos, para que las
organizaciones y demás agentes económicos tengan
una mayor facilidad de hacer efectivos los contratos y la
realización del intercambio generando e desarrollo de la
actividad económico y aumenta el bienestar de la
población; por lo contrario el estado puede actuar como
acaparador , discriminador y producir derechos de propiedad
ineficientes cuyo objetivo es maximizar su renta, sin pensar en
los perjuicios que esto produce en la eficiencia.

La teoría de los positivo desarrollada por olson
dentro de la esferas de instituciones políticas que se
encargan de asignar dada su autoridad recursos y poder,
considerando al estado como un conjuntos de instituciones en
marcha para controlar la sociedad tomar decisiones e
implementarlas y el BC como parte de este conjunto de
instituciones, el estado puede crear su propio grupo dentro de
esta organización buscando ejercer influencia
política sobre ella, dando como resultado el éxito
o fracaso de su intervención en el marco institucional, se
puede condicionar de que este hecho condicione el grado de
incertidumbre que afectan los actores económicos en sus
decisiones, transacciones económicas y asignación
de recursos.

La incertidumbre se entiende como un problema de
información incompleta que se genera por dos aspectos: al
ser la reglas flexibles genera discrecionalidad y oportunismo por
partes de los gobernantes, sindicatos, bancos comerciales y
demás individuos que forman el estado(luchan por conservar
cualquier oportunidad de búsqueda de rentas y poder)para
manejar las decisiones de los banqueros centrales, participando
en la política monetaria e incluso modelar nuevas reglas
del juego en beneficios de ellos.

El otro aspecto se trata de la inestabilidad de las
propias reglas. Aun cuando el Estado asegure un sistema de pesos
y contrapesos para coartar la conducta arbitraria del poder
político, si estas reglas son inestables en el tiempo se
genera dudas sobre los resultados de las decisiones
económicas.

Finalmente, si la función del BC reside en el
logro de la estabilidad de precios y combina sus políticas
a fin de obtener crecimiento económico, el estado puede
alterar este hecho interviniendo en sus decisiones por sus
intereses político que terminan generando mayor
inflación en el futuro.

Así pues, se descubre que las organizaciones y
las instituciones están unidas; y es muy difícil
separarlas cuando se estudian ejemplos concretos de cómo
las instituciones por sí solas afectan el desempeño
de la economía en detrimento de un grupo
específico.

Una reforma del empleo público, con controles
adecuados y funcionarios administrativos que rindan cuentas
podría reducir la búsqueda de fondos, sin afectar
el marco institucional del BC. Seguiría existiendo dicha
búsqueda pero, sus efectos son reducidos para amparar a la
organización.

CAPITULO III

Evolución
del marco institucional del Banco Central de Venezuela (1939-
2002)

Es importante comprender el desenvolvimiento del BCV
dentro del desarrollo de la economía venezolana como marco
de referencia previo, lo cual resulta aconsejable porque refleja
el medio en donde se desarrollan sus actividades y constituye
elementos esenciales y estables que no pueden estudiarse
separadamente sino en conjunto.

De este modo se debe tener presente que la actividad
económica constituye la variable que determina y es
determinada por la política económica, puesta en
marcha por el BCV, teniendo un mayor significado en los
últimos años por cambios estructurales que ha
experimentado la economía venezolana.

A continuación se examina por separado la
evolución del marco institucional del Banco Central de
Venezuela (BCV) durante la década que comprende los
períodos 1.939 hasta la última reforma, cuya
justificación se encuentra vinculada a los cambios que ha
experimentado nuestra economía para ese momento, a los
cuales se les ha atribuido la importancia de dotarla de una
normativa legal para su funcionamiento, instrumentos y
estrategias que han conducido a configurarla y a definir de campo
de acción para enfrentar nuevas realidades.

3. ETAPA INICIAL (1.940 -1.950):

En este periodo como aspectos negativos tenemos que El
BCV no pudo en principio ejercer influencia sobre el dinero,
crédito y el desarrollo económico del país
debido a los grandes cambios, políticos, sociales y
económicos que imperaba para ese entonces, según
respetables autores, ejerció función de prestamista
de última instancia causando, la posibilidad de iniciar
una política que condujera a operar en mercados abiertos.
Tampoco, podía conceder al Estado préstamos para
financiar sus deficiencias transitorias de
Tesorerías.

No obstante, ese período fue muy positivo porque
consolidó su prestigio y se dotó de instrumentos
técnicos, humanos y financieros indispensables para
abordar lógicamente sus funciones específicas de su
competencia.

Se planteó la abolición de la ley de
1.939, efectuándose un proceso de encaje legal del oro que
conlleva a un proceso Judicial, además se reformó
la ley en 1.943 basada en las experiencias registrada en dos
años de operación. Conforme se planteaba que se
debía proponer al Estado y al Congreso Nacional aquellas
modificaciones que se consideren urgentes y necesarias. Siendo
introducidas y aprobadas por dicho congreso en sesión del
año 1.943, éstas se debían más que
todos a detalles y respondía a las finalidades:

Se modificaron del artículo 47 los
ordinales 1, 4, 5, 7, y 8 relacionadas con las operaciones
que el BCV podía hacer con el público.

  • El ordinal uno tendía a facilitar las
    operaciones de compensación.

  • La del ordinal cuatro permitía a la
    Institución adquirir letras del Tesoro en poder de los
    bancos.

  • El ordinal cinco facilita las operaciones de
    redescuento, eliminando algunos requisitos
    innecesarios.

  • El ordinal ocho fue eliminado el límite
    superior impuesto al Banco para conceder préstamos
    garantizados con valores del Gobierno Nacional. Por razones
    análogas, se modificaron del
    artículo48

  • los ordinales 3 y 4 relacionadas con las
    operaciones que realiza el BCV con el público. Se
    modifica el artículo 49 de forma parcial,
    referente a las prohibiciones. La más significativa
    fue el ordinal 3, éste permite al BCV invertir en
    valores del Gobierno evaluados en el mercado hasta donde
    limite la ley original.

3.1.1. PROCESO DE CONSOLIDACIÓN
1.950-1.960:

Se consideraba como una etapa de consolidación
del BCV porque ayuda a demostrar la tolerancia de la
institución y a fortalecer su reputación y su
autoridad moral; a pesar de que su soberanía se vio
reducida legalmente y su política monetaria tuvo escaso
desarrollo en el mercado.

A pesar, este período camino hacia el incremento
de la producción petrolera, cuyos resultados fueron una
entrada creciente de ingresos debido al aumento en los precios
del petróleo, lo que intensificó el crecimiento
económico.

Por otra parte, el sistema bancario experimentó
un fortalecimiento tanto en su capital como en su
distribución geográfica. Para finales de 1.960 se
extendieron 474 oficinas bancarias frente a 46 que había
para 1.940. No obstante, la estructura financiera seguía
constituyendo un retraso en cuanto a las disposiciones legales
que reglamentan sus principales instituciones y procedimientos,
ya que no eran los más adecuados.

Había un exceso del número y volumen en
las operaciones que hacía pensar en una saturación
bancaria; lo que impidió entre otras cosas, materializar
la diversificación en ese campo dada el régimen
legal existente. Todo ello, conduce a una debilidad y
pérdida en la confianza de los agentes económicos
que conlleva a salidas de capitales y saldos negativos en la
balanza de pagos, originando el establecimiento de un control
cambiario. De allí, surge la necesidad de modificar la ley
del BCV, ampliándose sus atribuciones de manera
significativa ya que le otorga mayor flexibilidad para llevar
acabo su política monetaria la nueva ley no sólo
designa nuevas atribuciones y responsabilidades, sino que la
situación existente obliga al uso inmediato de
éstas.

Entre las reformas que se le hicieron a la ley de 1.960
se puede resumir:

  • El Directorio estaba constituido por un Presidente y
    seis directores. El Presidente era elegido por la Asamblea
    General de Accionistas de un trío que era presentada
    por el Presidente de la República y los directores
    eran designados así: tres por el Ejecutivo Nacional,
    uno por la Asamblea General de Accionistas, uno por la Banca
    Privada, y uno por los Sectores del Comercio y de la
    Producción. De los Directores que designaba el
    Gobierno Nacional, uno debía ser escogido entre los
    Presidentes o Directores Gerentes de los institutos de
    créditos del Estado. El Director que era elegido por
    el Consejo Bancario y el que correspondía al Comercio
    y la Producción por la Federación venezolana de
    Cámaras y Asociaciones de Comercio y
    Producción.

  • El Banco tiene la obligación de mantener un
    encaje legal no inferior al 33% para fines de convertibilidad
    de su moneda. Puede ser constituido por oro amonedado
    nacional o extranjero, en barras o depósitos a la
    vista en los bancos de primera clase del exterior. Estaba
    autorizado a mantener parte del excedente de las reservas
    internacionales en valores públicos extranjeros que
    tuviesen un mercado estable.

  • Está facultado a realizar operaciones con el
    Gobierno, la Banca y otros institutos de créditos y
    con el público. Se autoriza mediante el Art. 42
    otorgar préstamos al Gobierno destinados a cubrir
    déficit fiscales transitorios dentro de los
    límites del Art. 64. El total de estos
    créditos sumados a la cartera de valores
    públicos de la Institución no debían de
    exceder del 10% del promedio de los ingresos ordinarios del
    Estado en los últimos 10 años. Solo en
    excepciones podrá sobrepasar y llegar al 20%. Se
    consagraba que el BCV sirve de administrador del Fondo
    Anticíclico establecidos con los lineamientos del
    proyecto de reforma de 1.948.

  • Se amplió las facultades de operar con la
    Banca, tenía facultad de otorgar redescuentos,
    descuentos y anticipos dentro de márgenes flexibles y
    a mayor plazos.

  • Está en la obligación de adquirir en
    el mercado de valores obligaciones públicas y privadas
    a fin de moderar las fluctuaciones anormales en dicho
    mercado.

Fue autorizado para fijar las tasas máximas de
intereses activos y pasivos que los bancos podían cobrar
por concepto de sus distintas operaciones. También,
establecía porcentajes máximos e inversiones para
ciertos períodos, así como topes de
concesión de préstamos o inversiones.

3.1.2. LA DÉCADA DE LOS 70":

A raíz de los cambios que se originaban en la
actividad económica como consecuencia del alza de los
precios del petróleo, condujeron a que se ampliaran las
atribuciones y responsabilidades del BCV, lo que originó
la reforma de ley que fue promulgada en 1.974, la cual
además de consagrar la nacionalización del Banco,
corrige las deficiencias de la legislación anterior,
actualiza ciertas disposiciones, a fin de que haya afinidad con
la evolución del Sistema Monetario Internacional, y en
general, que su fin sea el de facilitar al Instituto el logro de
sus objetivos.

Entre las reformas se pueden mencionar:

  • Conserva su estructura jurídica de
    Compañía Anónima, pero se excluye la
    posibilidad de que personas distintas al Estado puedan ser
    propietarias de acciones. Quienes posean dichas acciones
    deberán venderlas al Estado en las condiciones
    establecidas.

  • Se modifica la composición del Directorio,
    ahora queda conformado por un Presidente y 7 Directores
    designados por el Presidente de la Republica. Cuatro de ellos
    deben ser elegidos entre funcionarios de varios organismos
    públicos y los restantes de ternas que
    presentarán al Presidente de la Republica el Consejo
    Bancario Nacional, la Federación Venezolana de
    Cámaras de Comercio y Producción y la
    Confederación de Trabajadores de Venezuela.

  • Se eliminaron las disposiciones relacionadas con el
    Fondo Anticìclico, en razón de que las
    finalidades que deberían cumplirse con dicho Fondo
    fueron asignadas al Fondo de inversiones de Venezuela
    (FIV).

  • Sé amplía sus responsabilidades, el
    BCV puede recibir depósitos del Gobierno Nacional, los
    Estados, Municipios, Institutos Autónomos y Organismos
    internacionales.

  • Se amplían las facultades en materia de
    crédito público, éste debe emitir
    opinión cuando el Estado, Municipios, Institutos
    Autónomos y Empresas Oficiales realicen éste
    tipo de operaciones.

  • Se unificaron en 360 días el plazo
    máximo al cual puede otorgarse la asistencia
    crediticia a las instituciones financieras a través de
    descuentos, redescuentos y anticipos. No obstante, cuando se
    trata de programas de promoción de exportaciones, el
    Directorio podrá autorizar la compra y descuento de
    documentos de crédito sobre el exterior con
    vencimiento mayor que el señalado.

  • Se autoriza al ente emisor a fijar no solo las tasas
    máximas, sino además, las tasas mínimas
    de interés que pueden cobrar los bancos y otros
    institutos de crédito y pagar por las distintas
    operaciones activas y pasivas que realice, así como
    también las comisiones y recargos máximos y
    mínimos relacionadas con dichas
    operaciones.

  • Se le concede el derecho exclusivo de acuñar
    monedas de curso legal en todo el territorio de la Republica,
    derogando así la ley de monedas y se incorpora a la
    Ley del BCV las disposiciones que están contenidas en
    ella.

  • Se establece que la convertibilidad externa de los
    billetes y monedas extranjeras de curso legal se realizaran
    exclusivamente con aquellas monedas extranjeras que puede
    utilizarse libremente; y se elimina el encaje legal del 33%
    que debía mantenerse. Se establecen disposiciones que
    fijan el fortalecimiento de la posición de los
    Derechos Especiales de Giro como reserva monetaria
    internacional y se restringe el papel oro al eliminarse la
    porción de encaje legal que debía mantenerse en
    dicho metal.

  • Finalmente, se establece un régimen
    transitorio, según el cual dentro de un plazo de dos
    años, a partir de la promulgación de la ley,
    todos los titulares de acciones deberán ofrecerlas en
    venta al Estado por órgano del Ministerio de Hacienda.
    Vencido este plazo, las acciones que no hubieran sido
    ofrecidas en venta pasaran a formar parte del patrimonio
    nacional de la Ley de expropiación por causa de
    Utilidad Pública.

3.1.3. LA DÉCADA DE LOS 80":

Venezuela era vista como un país en desarrollo
con mayor potencial de riqueza e ingreso per cápita del
mundo, con un amplio potencial productivo y programas que
ambicionaban un crecimiento económico autosostenido y
equilibrado, mejorando así la distribución del
ingreso para alcanzar una menor dependencia del petróleo.
Para ese entonces, se contaban con elevados ingresos fiscales y
divisas que se usaban de tanto racional como irracionalmente en
inversiones que tenían como fin diversificar la
producción, crear fuentes permanentes de trabajo y se les
prestaba apoyo financiero a naciones del continente consideradas
de menor desarrollo relativo y de mayores necesidades.

Esta apreciación de riqueza era compartida por
muchas organizaciones internacionales puesto que creían
que el país tenía la capacidad de asimilar de forma
eficiente el volumen de crédito externo que se
requerían para estimular el crecimiento; suficientes
medios internos y externos de pagos para cancelar las deudas
contraídas o que se pudieran contraer, y lo más
importante le otorgaban los créditos porque estaban
seguros de tener garantizados los pagos, debido a los precios
elevados del petróleo y que el mercado petrolero no
tendría ajuste alguno a corto y mediano plazo. Dentro de
la aparente estabilidad económica, se presentaron una
serie de hechos que no se atendieron con la premura requerida y
que se hicieron insostenibles con posterioridad, cuando no se
contaba con los recursos para enfrentar la situación
recesiva.

A continuación se muestran a grandes rasgos los
problemas que hicieron insostenible el contexto
económico:

  • El alza de los precios del petróleo
    generó una entrada extraordinaria de divisas no
    esperadas y para las cuales no se tenían planes y las
    previsiones necesarias para aprovechar los recursos
    eficientemente. Las autoridades económicas
    creían que podía traer consigo un fuerte
    proceso inflacionario y se diseñó
    políticas para contrarrestarla. Entre ellas se tiene
    el pago por adelantado de la deuda externa, se creó el
    Fondo de Inversiones de Venezuela (FIV), organismo encargado
    de utilizar los recursos cuando fuese pertinente y evitar las
    presiones inflacionarias. Sin embargo, ante la necesidad de
    atender las demandas sociales el Estado incrementó el
    gasto público, esto causó distorsiones en las
    condiciones de equilibrio para el crecimiento porque
    originó una fuerte presión sobre los recursos
    humanos, físicos y en la infraestructura existente que
    condujo a los cuellos de botella que dificultaban la
    expansión de las actividades productivas.

  • La sobrevaluación de la moneda impedía
    el estímulo de las exportaciones no tradicionales, por
    lo cual la economía seguía dependiendo del
    llamado oro negro.

  • Se le otorgaron créditos externos al
    país para financiar programas de inversiones en los
    sectores básicos de la producción con miras a
    diversificar la economía. A este tipo de
    préstamo racional y concertados en la
    planificación le siguieron nuevos financiamiento poco
    racionales22, al margen de la ley de Crédito
    Público y sin contar con capacidad de pago
    presupuestaria para su cancelación(llamada deuda
    flotante porque en varias ocasiones llegó a ser tan
    elevada que hubo necesidad de consolidarla y refinanciarla.);
    Otra característica distintiva es el desconocimiento
    del monto exacto de la deuda debido a que era negociada de
    forma descentralizada por entes gubernamentales que se
    negaban a reportar estas obligaciones al Ministerio de
    Hacienda.

  • Los recursos extraordinarios que se inyectaron en la
    economía no ejercían el mismo efecto expansivo
    sobre la actividad económica que se experimentó
    en períodos anteriores, esto se evidencia en la
    caída del Producto Interno Bruto que no
    correspondía con los niveles del gasto
    público.

A partir de este escenario económico se producen
reformas parciales en la Ley del Banco Central, una en 1.983 para
asegurar que el ente recibiera los dólares necesarios de
Petróleos denVenezuela y la otra en 1.984 para introducir
cambios en el artículo 44, relacionados con
pagarés y documentos de actividades
agrícolas.

La reforma de 1.987 conserva la misma estructura
que la de 1.974 y mantiene todas las disposiciones sobre el
sistema monetario nacional antes citado, pero incorpora aspectos
novedosos como la facultad de reglamentar las actividades de los
fondos de activos líquidos; la creación del Fondo
de Reserva para operaciones bancarias; la posibilidad de realizar
operaciones de reporto y la incauto de los encajes legales.
Sé amplía considerablemente la asistencia
financiera que el BCV puede concederle al Gobierno Nacional y se
establece un mayor control gubernamental sobre el Directorio y el
Presidente de la República, en Consejo de Ministros,
pueden remover al Presidente del Banco Central por causas
justificadas y contempladas en la ley.

En el artículo 48 se consagra que el BCV
está autorizado para dictar normas que sirvan de base para
el funcionamiento de mercado interbancario, así como
regular las operaciones que dentro del mismo mercado realicen los
bancos. Con ello, se pretende facilitar la creación de un
verdadero mercado como los que existen en los países
desarrollados y a través del cual los bancos con excedente
de liquidez puedan auxiliar a aquellos que se encuentren con
deficiencias, dentro de ciertos mecanismos y a un determinado
tipo de interés. Esto trae como resultado una mayor
eficiencia en el uso de los recursos aunado a una mayor solidez
del sistema financiero.

En el artículo 103 se establece que el BCV
debe regular los Fondos del Mercado Monetario de forma
transitoria. Específicamente, dice "Hasta tanto sea
sancionada y promulgada la Reforma de la ley General de los
Bancos y otros institutos de crédito, el BCV
regulará el proceso de promoción,
organización y el funcionamiento de los fondos de activos
líquidos, los fondos fiduciarios y cualquier otro fondo
que se dedique a captar recursos del público mediante la
cesión de ventas de participaciones".

En el artículo 50 se faculta al BCV de
manera permanente regular las condiciones financieras destinadas
a captar recursos del público a través de esos
fondos.

El Directorio del BCV con la mayoría calificada,
en función de los requerimientos de liquidez y para evitar
fluctuaciones erráticas de los precios en el mercado de
valores, podrá elevar hasta un 40% del promedio de los
ingresos anuales del Fisco Nacional en los últimos cinco
años, el porcentaje de la cartera total de valores
públicos que pueda adquirir el Instituto. En el ordinal o
aparte uno, señalan que la autorización allí
señalada puede ser usada por dicho Instituto dentro de los
cinco años siguientes a la promulgación de dicha
ley.

3.1.4. LA DÉCADA DE LOS 90":

La ley promulgada en 1.992 incorpora el principio de
autonomía administrativa del BCV como valor
fundamental para conseguir la estabilidad de la moneda nacional.
El directorio obtiene

A partir de ese año se elimina la entrega de
créditos al gobierno por parte de la institución.
En una forma más amplia, se modificaron los siguientes
artículos:

Art. 2: Corresponde al Banco Central de Venezuela
crear y mantener condiciones monetarias, crediticias y cambiarias
favorables a la estabilidad de la moneda, al equilibrio
económico y al desarrollo ordenado de la economía,
así como asegurar la continuidad de los pagos
internacionales del país. A tal efecto, tendrá a su
cargo:

  • 1. Regular el medio circulante y, en general,
    promover la adecuada liquidez del sistema financiero con el
    fin de ajustarlo a las necesidades del
    país.

  • 2. Procurar la estabilidad del valor interno y
    externo de la moneda.

  • 3. Centralizar las reservas monetarias
    internacionales del país y vigilar y regular el
    comercio de oro y de divisas.

  • 4. Ejercer, con carácter exclusivo, la
    facultad de emitir billetes y grabar monedas.

  • 5. Regular las actividades crediticias de los
    bancos y otras instituciones financieras públicas y
    privadas, a fin de armonizarlas con los propósitos de
    la política monetaria y fiscal, así como el
    necesario desarrollo regional y sectorial de la
    economía nacional para hacerla más
    independiente.

  • 6. Ejercer los derechos y asumir las
    obligaciones de la República de Venezuela en el Fondo
    Monetario Internacional, en todo lo concerniente a la
    suscripción y pago de las cuotas que le corresponda, a
    las operaciones ordinarias con dicha Institución y a
    los derechos especiales de giro, según lo previsto en
    el Convenio Constitutivo del mismo, suscrito en fecha 22 de
    julio de 1944, sancionado por la Ley del 25 de septiembre de
    1.945 y reformado posteriormente por leyes de fecha 26 de
    agosto de 1.968 y 10 de agosto de 1977.

Art. 3: El patrimonio del Banco Central de
Venezuela estará conformado por su capital inicial de diez
millones de bolívares (Bs.10.000.000, 00), las reservas de
capital y los aportes de la República.

Art. 10: El Banco Central de Venezuela
tendrá un Directorio compuesto por un (1) Presidente y
seis (6) directores, tres (3) de los cuales serán a
dedicación exclusiva, designados por el Presidente de la
República. La designación del Presidente del Banco
deberá contar con la autorización del Senado de la
República, emitida por el voto de las dos terceras partes
de sus miembros.

Art. 16: Los directores durarán seis (6)
años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser
reelectos.

Art. 22: El Directorio del Banco Central de
Venezuela tendrá autonomía en lo concerniente al
ejercicio de sus atribuciones, a la definición de las
políticas de la Institución y a la ejecución
de sus operaciones, en función de los cometidos que le
asigne esta Ley. Quedan a salvo las materias en las cuales esta
Ley exige la concurrencia o la aprobación del Ejecutivo
Nacional. El Banco Central de Venezuela sólo estará
sujeto al control posterior de la Contraloría General de
la República, por lo que concierne a la sinceridad de las
operaciones que realice, según lo previsto en el
encabezamiento de este artículo.

Art. 47: Con el objeto de regular el volumen
general de crédito bancario y de evitar que se
acentúen tendencias inflacionarias, el Banco Central de
Venezuela podrá establecer, para los bancos e
instituciones financieras, porcentajes máximos de
crecimiento de los préstamos e inversiones para,
períodos determinados, así como topes o
límites de cartera para tales préstamos e
inversiones. Estas medidas podrán ser establecidas, en
forma selectiva, por sectores, zonas, bancos e instituciones
financieras o cualquier otro criterio idóneo de
selección que determine el Directorio.

Art. 55: Queda prohibido al Banco Central de
Venezuela:

l) Otorgar créditos directos al Gobierno
Nacional, así como garantizar las obligaciones de la
República, de las entidades federales, de las
municipalidades, institutos autónomos, empresas del Estado
o de cualquier otro ente de carácter
público.

2) Hacer préstamos o anticipos sin
garantía especial, salvo en los casos de convenios
recíprocos con otros bancos centrales, cámaras de
compensación regionales o bancos regionales
latinoamericanos.

3) Conceder créditos en cuenta
corriente.

4) Conceder préstamos destinados a inversiones a
largo plazo, aun con garantía hipotecaria, o a la
formación o aumento del capital permanente de bancos,
cajas, otras instituciones que existan o se establezcan en el
país, o de empresas de cualquier otra
índole.

5) Conceder cualquier anticipo o préstamo, o
hacer descuento o redescuento alguno sobre títulos de
crédito vencidos o prorrogados.

6) Descontar o redescontar títulos de
crédito o hacer anticipos sobre éstos, cuando no se
tengan estados financieros de los deudores que en ellos figuren,
formulados con no más de un (1) año de
antelación. Sin embargo, cuando el título haya sido
presentado por un banco u otra institución financiera,
bastará el balance general de éste y el estado
financiero del librador

7) Prorrogar por más de una vez los
términos enunciados en los documentos que haya descontado
o redescontado o sobre los cuales haya hecho anticipo o
préstamo.

8) Garantizar la colocación de títulos
valores.

9) Ser titular de acciones en sociedades de cualquier
naturaleza, tener interés alguno en ellas o participar,
directa o indirectamente, en la administración de las
mismas, salvo el caso de empresas cuyo objeto principal
esté directamente relacionado con las actividades
específicas o necesarias para las operaciones del banco,
así como cuando se trate de empresas que el Instituto, en
resguardo de su patrimonio, reciba en pago de créditos que
hubiere concedido o adquiera en virtud de ejecución de
garantías.

10) Conceder préstamos o adelantos al Presidente,
a los directores, funcionarios o empleados del Banco Central de
Venezuela, o adquirir títulos de crédito a cargo
del Presidente de la República o de los ministros del
despacho. Se exceptúan de esta disposición los
préstamos que el Banco otorgue a sus funcionarios o
empleados, como parte de la política de asistencia
crediticia que debe desarrollar a través del Fondo de
Previsión, Pensiones y Jubilaciones de Empleados, previsto
en el artículo 58 de esta Ley.

11) Conceder préstamos a cualquier instituto
bancario, firma o empresa de la cual sea accionista o tenga
interés el Presidente o su cónyuge u otro de los
directores del Banco Central de Venezuela o su respectivo
cónyuge o miembros del Consejo Asesor.

12) Adquirir bienes inmuebles, con excepción de
aquellos que necesite para sus propias oficinas, según lo
dispuesto en el numeral 18) del artículo 21; los que en
resguardo de su patrimonio, reciba en pago de créditos que
hubiere concedido y los adquiridos en virtud de ejecución
de garantías.

3.1.6. REFORMAS DEL 2.002:

Con la reforma de la Constitución en 1.999 se
incorporan una serie de cambios que afectan tanto al Estado como
a la sociedad. Se determinan un conjunto de derechos y libertades
propio de todos los ciudadanos, nuevas responsabilidades para los
servidores públicos, un paso a la profundización de
la descentralización política y administrativa y,
lo que quizás es la gran innovación constitucional,
un cambio de concepción en las funciones que corresponden
a un Estado democrático, responsable, procurador del
bienestar de los ciudadanos, los cuales se resumen:

Artículo 3 donde se consagra: "El Estado
tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la
persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio
democrático de la voluntad popular, la construcción
de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de
la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del
cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y
consagrados en esta Constitución".

Es por ello que el BCV no puede ni debe ser ajeno a esta
nueva concepción del Estado; es más, tiene por
función, como integrante del Estado, impulsar el cambio en
la sociedad y dar respuesta acertada a aquellas necesidades que
se le requieran en el ámbito de sus funciones.

Dentro de este contexto, se realizan las siguientes
modificaciones:

Autonomía:

Concerniente al ejercicio de sus atribuciones, a la
definición de las políticas de la
institución y a la ejecución de sus operaciones, en
función de los cometidos que le asigna esta Ley. Quedan a
salvo las materias en las cuales esta Ley exige la concurrencia o
la aprobación del Ejecutivo Nacional.

Art.2: EL BCV es autónomo para la
formulación y ejercicio de las políticas de su
competencia y ejerce sus funciones en coordinación con la
política económica en general, para alcanzar los
objetivos superiores del Estado y la Nación. En el
desarrollo de su actividad y ejercicio de sus funciones, el BCV
no está subordinado al Poder Ejecutivo ni a ninguna otra
instancia del Poder Público Nacional.

Objetivos del BCV:

Condiciones monetarias, crediticias y cambiarias
favorables a la estabilidad de la moneda, al equilibrio
económico y al desarrollo ordenado de la economía,
así como asegurar la continuidad de los pagos
internacionales del país. A tal efecto tendrá a su
cargo:

  • Regular el medio circulante y promover la adecuada
    liquidez del Sistema Financiero con el fin de ajustarlo a las
    necesidades del país.

  • Procurar la estabilidad del valor interno y externo
    de la moneda.

  • Centralizar las reservas monetarias internacionales
    del país, vigilar y regular el comercio de oro y de
    divisas.

  • Ejercer con carácter exclusivo, la
    emisión de billetes.

Artículo 5: El objetivo fundamental del
BCV es lograr la estabilidad del nivel de precios y preservar el
valor de la moneda. A este respecto, el BCV atenderá los
fundamentos del régimen socioeconómico de la
República a los fines de contribuir con el desarrollo
humano integral y promoverá el desarrollo armónico
de la economía nacional.

Artículo 7: Para el adecuado cumplimiento
de su objetivo, el BCV ejercerá las siguientes
funciones:

  • Formular y ejecutar la política
    monetaria.

  • Participar en el diseño y ejecutar la
    política cambiaria.

  • Regular el crédito y las tasas de
    interés del sistema financiero.

  • Regular la moneda y promover la adecuada
    liquidez.

  • Regular las actividades crediticias de los Bancos
    para armonizarlas con las políticas monetarias y
    fiscal, así como el desarrollo regional y sectorial de
    la economía nacional para hacerla más
    independiente.

  • Ejercer derechos y asumir deberes de la
    República ante el FMI.

  • Efectuar las demás operaciones y servicios
    compatibles con su naturaleza. Durante el primer mes de cada
    semestre, el Directorio del BCV aprobará los
    lineamientos de la política monetaria, y luego,
    trimestralmente los resultados obtenidos en su
    ejecución se presentarán a la Asamblea,
    indicando el grado de cumplimiento de objetivos y metas,
    así como explicación de los resultados del
    sistema financiero. Centralizar y administrar las reservas
    internacionales.

  • Participar, así como regular y vigilar los
    mercados de divisas en los términos en que convenga
    con el Ejecutivo nacional.

  • Fabricar especies monetarias, valoradas y fiscales
    de cualquier índole.

  • Velar por el apropiado funcionamiento del sistema de
    pagos y establecer sus normas de operación.

  • Ejercer con carácter exclusivo, la facultad
    de emitir especies monetarias.

  • Asesorar al gobierno en materias de su
    competencia.

  • Participar, regular y efectuar operaciones en el
    mercado de oro.

  • Efectuar las demás operaciones y servicios
    propios de la banca central.

Asamblea General:

Se eliminó de la ley de 1.992 la
participación y atribuciones de la Asamblea General de
Accionistas.

Directorio:

Directores:

Art.16 Conformado por 1 Presidente y 6
Directores. Los cargos de 5 Directores y el Presidente son a
dedicación exclusiva. El Presidente y 4 directores
serán nombrados por el Presidente de la República.
Duración del cargo: 7 años. El cargo de Presidente
requerirá la aprobación por mayoría en la
Asamblea Nacional, uno de los Directores elegidos por el
Presidente será un Ministro del área
económica, pero no el de Finanzas, 2 Directores
serán nombrados por la Asamblea Nacional. En la
selección de estos cargos aplicará lo establecido
en el "Procedimiento Público de Evaluación de
Méritos y Credenciales" (Art.17). Requisitos e
Incompatibilidades para ser miembro del directorio:

Art. 19: Iguales requisitos que en la Ley 1.992,
excepto:

  • Se elimina el límite de edad.

  • Reunir las condiciones mentales y físicas
    necesarias para el correcto desempeño de sus
    funciones.

  • No tener parentesco con ningún miembro de la
    Asamblea o su cónyuge.

Art. 20: Adicionalmente a lo establecido en la
Ley de 1992, se plantea que:

Es incompatible celebrar por sí o por persona
interpuesta, contratos mercantiles con el BCV y gestionar ante
éste, negocios propios o ajenos con tales fines, mientras
duren en su cargo y durante los dos años siguientes al
cese del mismo.

Art. 21: Durante los 2 años posteriores al
cese de sus funciones, los miembros del Directorio no
podrán realizar actividades de dirección,
asesoría o representación legal en las entidades de
carácter privado cuyo ejercicio sea incompatible con el
cargo. Se les ofrecerá durante dicho lapso un cargo
remunerado de hasta el 80% del sueldo anteriormente devengado
para desempeñarse como asesor del BCV. No aplicará
para los casos de remoción o renuncia. Art. 26:
Serán removidos de sus cargos el Presidente o directores
elegidos que incurran en alguna de las siguientes
causas:

  • Dejar de cumplir con los requisitos para integrar el
    Directorio consagrados en el Art.19

  • Realizar algunas de las acciones incompatibles
    determinadas en el

Art. 20.

  • Dejar de concurrir tres veces consecutivas, sin
    causa justificada, a las reuniones ordinarias del
    Directorio.

  • Falta de probidad, vías de hecho, injuria,
    conducta inmoral o acto lesivo al buen nombre o intereses del
    BCV o de la República.

  • Incumplir los actos o acuerdos del
    Directorio

  • Perjuicio material grave, causado intencionalmente o
    por negligencia manifiesta, al patrimonio del BCV.

Art. 27: Los miembros del Directorio, en
cumplimiento de sus funciones, son responsables de sus actos,
tanto particulares como aquellos decididos por órgano.
Será causa de remoción la aprobación de
resoluciones que atenten grave y directamente contra el objetivo
o contra las metas del BCV.

Art. 28: El Presidente de la República, la
Asamblea Nacional y el Directorio del BCV (por mayoría)
tienen la potestad de remover de sus cargos a estos funcionarios
cuando estén incursos en alguna de las causales
anteriores.

Rendición de Cuentas:

Art. 37: En el cumplimiento de su misión y
gestión, el BCV se guiará por el principio de la
transparencia de tal modo, las responsabilidades institucionales,
deberá mantener informado, de manera clara y comprensible
al Ejecutivo y demás instancias del Estado, a los agentes
económicos públicos y privados, nacionales y
extranjeros y a la población acerca de la ejecución
de sus políticas, las decisiones y acuerdos de su
directorio, los informes, publicaciones y estadísticas que
no estando amparadas por la confidencialidad, permitan disponer
de la mejor información sobre la evolución de la
economía venezolana.

Art. 77: Corresponde al BCV rendir cuenta de sus
actuaciones, metas y resultados de sus políticas ante la
Asamblea Nacional, de acuerdo con los términos de esta
Ley.

Art. 79: Durante los primeros 45 días de
cada semestre, el Directorio del BCV (…) presentará un
informe a la Asamblea Nacional sobre los resultados obtenidos, el
cumplimiento de sus metas y políticas, así como del
comportamiento de las variables macroeconómicas y las
circunstancias que influyeron en la obtención de los
mismos y un análisis que facilite su evaluación.

Operaciones con el Gobierno:

Art. 36: Prohibición de convalidar o
financiar políticas fiscales deficitarias. Operaciones con
los Bancos e Instituciones Financieras:

Art. 49: Además de lo planteado en el Art.
46 de la Ley del 92, con esta reforma el BCV queda facultado para
fijar las comisiones o recargos máximos y mínimos
causados por las operaciones accesorias y los distintos servicios
a los cuales califique como relacionados, directa o
indirectamente, con las mencionadas operaciones activas o
pasivas. Queda igualmente facultado para fijar las tarifas que
podrán cobrar dichos bancos por los distintos servicios
que presten. Las modificaciones en tasas de interés y
tarifas regirán únicamente para operaciones
futuras.

Control y Relaciones del BCV con los Poderes
Públicos
:

Art. 73 al 88: Se establecen los alcances y el
mecanismo de rendición de cuentas en cuanto a la
política como tal (Asamblea Nacional) y a la
gestión administrativa y financiera del mismo.

3.2. EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA MONETARIA
EN VENEZUELA Y SUS PRINCIPALES INSTRUMENTOS

Aquí se refleja la importancia que adquiere el
BCV por medio de la política monetaria ante el dinamismo
de la economía venezolana.

Los cambios de orientación en las
políticas se deben a que se esperaba que los mayores
niveles de ingresos fiscales, debido a la entrada de flujos de
capitales incidieran en los niveles de precios y diese paso a
Procesos inflacionarios elevados. Sin embargo, la posterior
salida de capitales y el debilitamiento de la economía
venezolana condujo, junto a otros factores, a los problemas de
balanzas de pagos y a la necesidad de hacer compatible la
liquidez monetaria con los nuevos tipos de cambios.

Estos elementos hacen errático el comportamiento
del sector externo que a su vez hace un uso más intenso de
los instrumentos de la política monetaria, generando
cambios en la orientación de dicha política a fin
de estimular la producción en un entorno
estable.

Expansión moderada
(1.980-1.982)

La política monetaria estaba orientada a crear
las condiciones monetarias favorables para dinamizar la
economía y las actividades productivas internas mediante
la acción del crédito, así como contribuir
con la recuperación de aquellos bancos con grandes
dificultades de liquidez y que habían sido intervenidos
por el gobierno. Para ello, el BCV se trazó metas de
armonización de las tasas internas y externas, evitando
con esto la salida de flujos internos por los incentivos de las
altas tasas de interés externas. Además,
tenía que otorgarle financiamiento al gobierno para
solventar problemas que tenía con la caja de
Tesorería Nacional, dotar al sistema financiero de
instrumentos más flexibles y de mayor aceptación en
el mercado, contribuir al funcionamiento eficiente en las
actividades de los intermediarios financieros y estimular su
competitividad en beneficio de la economía.

El BCV, adquirió células hipotecarias en
el mercado de valores, pero éstas constituyeron un
verdadero problema debido a las elevadas tasas de interés,
sus tenedores se desprendieron con rapidez de dichas
células y el BCV se vio obligado a adquirirlos dentro de
una política de soporte a la banca hipotecaria para
aumentar la liquidez que generó la salida de flujos de
capitales debido a los incentivos que ofrecían los
demás en materia de tasa de interés.

Al permanecer las tasas invariables, se comenzó a
observar la emigración de inversionistas hacia el
extranjero en búsqueda de inversiones productivas y de
mayor rentabilidad, lo cual era estimulado a su vez por la fuerte
liquidez interna, la sobrevaluación de la moneda y el tipo
de cambio. El BCV para enfrentar este problema incrementó
las tasas de interés, aun cuando incurriera en costos
mayores para el financiamiento de actividades productivas. Sin
embargo, no se logró la concordancia requerida y el BCV
decidió sustituir el control discrecional de la tasa de
interés por un sistema de bandas flotantes, dejando plena
libertad al mercado financiero porque se comienza a actuar en
base a instrumentos clásicos de la política
monetaria como la tasa de redescuento, mercado abierto y encajes
mínimos de reservas, llegando a resultados satisfactorios
según el Informe económico de ese período,
mejorando el diferencial entre tasa interna y externa.

Por otro lado, el BCV reorienta su política de
redescuento, fijándola a la evolución de las ventas
de divisas por parte de los bancos privados, a pesar de ello no
logra detener la fuga de flujos de capitales como consecuencia
del debilitamiento del mercado petrolero. Es así como se
modifica de nuevo la política monetaria a tratar de
solventar dicho inconveniente.

Cambios de orientación
(1.983-1.984)

En este período la política monetaria
tenía como función servir de motor al crecimiento
económico y solucionar el déficit del estado en
materia fiscal. Además, se dirige la política hacia
sectores específicos y claves en la recuperación de
la actividad económica (agricultura, construcción e
industria). Dentro de este orden de ideas, se realizan
operaciones de redescuento y anticipos a la banca privada,
disminuyendo el primero en un 11% anual; se fija una tasa de
redescuento y se prohíbe otorgar créditos a
aquellos bancos con niveles de reservas excedentarias superior a
la posición del BCV. Para 1.984, continua con la misma
visión antes descrita, la diferencia reside en el exhorto
que hizo el Presidente del BCV en usar con mayor libertad los
instrumentos para ampliar el consentimiento de créditos a
la economía.

También, se hicieron varios cambios en materia de
tasa de interés, el Informe económico de 1.984
muestra la sustitución de la tasa de interés
flexible por uno mixto, mediante el cual la autoridad fija las
tasas máximas activas a fin de estimular la
inversión. Por otra parte, El régimen cambiario
adoptado fue un sistema de cambio múltiple, inicialmente
con dos tipos de cambio preferenciales (Bs./US$. 4,30 y Bs./US$
6,00) y un segmento marginal de mercado libre. Este sistema
experimentó sucesivas modificaciones hasta su
derogación en marzo de 1.989.

Nuevos instrumentos y objetivos
(1.985-1.986)

Entre los aspectos más relevantes de
destacan:

  • Fortalecimiento de la política monetaria
    expansiva, mediante la administración del Fondo de
    Garantía y Protección Bancaria (FOGADE) cuyo
    propósito es la de garantizar los depósitos
    bancarios del público y asistir a las instituciones
    regidas por la Ley General de Bancos y otros Institutos de
    Crédito.

  • La creación de FOGADE la política
    monetaria, mientras el BCV asiste a los bancos a corto plazo
    para solucionar problemas transitorios de liquidez, a FOGADE
    le corresponde asistirlo en el largo plazo para que los
    bancos privados puede enfrentar problemas de mayor
    alcance.

  • Con el propósito de minimizar la brecha entre
    los tipos de cambio preferenciales y el mercado libre
    marginal, el mecanismo de participación del BCV fue a
    través de la adjudicación directa de divisas a
    bancos comerciales y casas de cambio, en función de la
    disponibilidad de moneda extranjera, siendo el tipo de cambio
    y el monto de suministro determinado por el Directorio.
    Posteriormente, el Instituto ofreció dólares a
    través de la participación directa en la Bolsa
    de Valores de Caracas. La intervención en la bolsa se
    suspendió y se recurre a instituciones externas para
    suministrar divisas, manteniendo de incógnito su
    oferente real. Al no lograrse los resultados esperados, a
    partir de 1.986 se comenzó a participar a
    través de la Mesa de Cambio del Instituto, actuando
    los bancos comerciales, corredores de bolsa y casas de cambio
    como operadores cambiarios. Posteriormente se combinó
    la venta directa a dichos operadores con la
    intervención a través de un broker
    (Banex), estrategia que se abandonó al poco tiempo, en
    razón de la poca transparencia que ofreció tal
    mecanismo.

Rasgos predominantes del período
1.987-1.990

En este período la política monetaria se
encargó de regular la expansión de la oferta de
dinero, tratando de conciliar el objetivo de proveer los medios
de pago para el financiamiento de la actividad económica,
con la necesidad de evitar presiones especuladoras sobre los
precios y sobre todo el tipo de cambio en el mercado de
divisas.

En el año 1.989 la política monetaria
estuvo estrechamente vinculada a la unificación cambiaria
y a la complementación de los objetivos de la nueva
política económica. En efecto, luego de haber se
adoptado un tipo de cambio único y fluctuante y un sistema
de libre convertibilidad, se implementaron políticas
complementarias, se eliminaron los controles de las tasas activas
y pasivas establecidos, sustituyéndose por una tasa
máxima que varía de acuerdo a la demanda y oferta
libre del mercado. El BCV aprobó como mecanismo de
participación el suministro de divisas a operadores
cambiarios autorizados (bancos comerciales y casas de cambio), de
manera que los precios de la cotización se formaran en el
mercado interbancario. Entre los aspectos normativos del mercado
cambiario durante el período destacan: la
restricción a empresas jurídicas no residentes para
adquirir divisas en el mercado (mayo 1.989) para limitar las
transacciones especulativas en el interbancario que se vieron
estimuladas por la inestabilidad política.

La década de los 90"

La década de los años noventa es
considerada como parte importante dentro del contexto
macroeconómico del país. Se puede clasificar en
tres períodos:

  • 1. entre 1.989-1.993,

  • 2. entre 1.994-1.995; caracterizado por la
    crisis financiera,

  • 3. entre el período
    1.996-2.000.

Primer período: etapa de
programación

  • El programa de Ajuste Macroeconómico adoptado
    en 1.989 causo a principios de los 90 en el país una
    profunda recesión representado por desequilibrios
    estructurales, se planteó con el objetivo de evitar
    las elevadas tasas de inflación, propiciar la
    estabilidad en el mercado de divisas; reducir el
    déficit fiscal y balanza de pagos, entre
    otros.

Además contemplo la posibilidad de suprimir los
distintos controles administrativos sobre los distintos precios
de la economía tasa de interés, tipo de cambio,
mercado de bienes y servicios. El BCV comenzó la
colocación de los Bonos Cero Cupón, con la
finalidad de absorber la liquidez en el mercado. A fin de atenuar
la política fiscal expansiva y presiones de demanda del
mercado cambiario, recurrió a aumentar de manera
progresiva la oferta de tasas de interés elevadas de los
bonos cero cupones.

En el aspecto cambiario, para se aplicó un
régimen de libre mercado de divisas con flotación
administrativa, en donde el BCV era el organismo encargado de
evitar las fluctuaciones erráticas del tipo de
cambio.

  • Para 1.990, se presentaron aumentos progresivos del
    encaje legal de 12% a 15%, hasta alcanzar en 1.991 un 25%,
    con el objetivo de drenar el exceso de liquidez
    monetaria.

  • El BCV estableció una liberalización
    de las tasas de interés, fijándolas entre el
    10% el 60%, límites establecidos para la tasa de
    interés pasiva mínima y activa máxima,
    respectivamente.

  • Durante el período de 1.992-1.993 la
    situación del país era desfavorable dado los
    hechos políticos ocurridos en este lapso de tiempo
    intento de golpe de estado, generando incertidumbre, e
    inestabilidad en los mercados, provocando déficit en
    las cuentas fiscales promoviendo las expectativas
    inflacionarias. El papel que asumió el BCV fue el de
    ofrecer activos financieros de corto plazo con atractivas
    tasas de interés, para reducir la fuga de capitales e
    incentivar la demanda de dinero.

  • Dentro de este mismo período, se
    acordó reducir progresivamente el encaje legal,
    asumiendo el control directo en su totalidad.

  • A inicios de 1.993 se aplicó un esquema de
    devaluación uniforme y programada por parte del BCV,
    su propósito era mantener la competitividad de la
    moneda, tomando en cuenta el diferencial de la
    inflación.

Segundo Período: crisis financiera e
inestabilidad económica

  • Ante el cierre de uno de los principales bancos
    comerciales: Banco Latino, la incertidumbre en el mercado
    aumento considerablemente, pues se observaba una pugna entre
    autoridades y pocas posibilidades de responder a las demandas
    de los ahorristas, ello provoco lo que se conoce como
    efecto contagio, dada la inseguridad entre los
    agentes ante esta situación, y la pérdida de
    confianza.

  • Ante esta situación el BCV otorgo asistencia
    a los bancos e instituciones financieras dotándolos de
    liquidez, mediante el mecanismo de redescuento, anticipos y
    reportos. El objetivo establecido era el de frenar el efecto
    contagio.

  • Liberalización efectiva aunque temporal del
    encaje legal.

  • Partes: 1, 2, 3
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